Unidades de alta complejidad de sueño

UNIDAD ESPECIALIZADA

ACTIVIDAD ASISTENCIAL

La Unidad deberá tener un organigrama estable de funcionamiento, espacio físico habilitado para la realización de consultas y estudios de mayor complejidad, lo que supone disponer de recursos materiales y humanos que permitan realizar cualquier tipo de actividad asistencial, docente o de investigación relacionada con la prevención, diagnóstico y el tratamiento de los distintos trastornos respiratorios durante el sueño tanto en adultos como en niños de acuerdo. Además, dotación de sistemas informáticos, bases datos, archivos de documentación, y protocolos de actuación

El número de pacientes nuevos (primeras consultas) atendidos en la Unidad es superior a 450/año, de distintas patologías y especialidades.

Será preciso aportar el número de estudios diagnósticos realizados. Se solicita un mínimo de 450 exploraciones/año entre Poligrafías respiratorias y Polisomnografías, incluyendo un mínimo 300 Poligrafías y de 90 polisomnografías. Las características técnicas de los métodos de diagnóstico y tratamiento empleados se describen más adelante.  Como criterio de eficiencia se recomienda que las poligrafías respiratorias hospitalarias no excedan el 25% de las poligrafías respiratorias totales y las regulaciones vigiladas no excedan el 15% de las totales. Para asegurar un mínimo nivel de experiencia se recomienda un mínimo de: 15 Polisomnografías de pacientes con VMNI o servoventilador y un mínimo de 100 regulaciones automáticas de CPAP.

En los casos en que la Unidad esté adscrita a un centro con atención a población pediátrica se valorará la realización de estudios en población infantil.

Se dispondrá de consulta monográfica destinada a la patología respiratoria del sueño en adultos y, si se realizan estudios en niños, en edad pediátrica. La Unidad dispondrá de la posibilidad de atención preferente de pacientes con Alto Riesgo (conductores, etc.) en un plazo no superior a los 15 días. Se recomienda la actividad coordinada con otros servicios. Se recomienda disponer de un protocolo específico para pacientes no cumplidores o con baja adherencia (consulta enfermería, escuela de CPAP, programas de telemedicina).

A nivel de organización y  planificación, es necesario disponer de una cartera de servicios. Se considerará criterio de excelencia el disponer de un plan funcional y de un cuadro de mando con los indicadores clave de la unidad. Se considera indispensable tener categorizados a los pacientes según sus características clínicas para establecer los itinerarios pertinentes en cada caso. Establecer protocolos de citaciones teniendo en cuenta factores como profesión de riesgo, comorbilidades asociadas,  así como criterios de priorización. Se considerará como criterio de excelencia tener modelo de informe periódico de conductores profesionales.

Todas las unidades deberán disponer de un plan de seguridad, identificación de riesgos y plan de contingencia (Equipamiento para emergencias médicas, accesibilidad, averías, fallos informáticos, pandemia). Es imprescindible contar con protocolos de higiene y seguridad de personal y usuarios. Así como cumplir la ley de protección de datos y garantía de los derechos digitales. Es imprescindible disponer de buzón de reclamaciones.

Se deberá disponer de informe de  resultados que incluyan, Satisfacción, nº de quejas/reclamaciones, nº desprogramaciones (consulta y pruebas), pruebas sin cita, demora media 1ª i 2 ª visitas, % de demora de más de un mes, porcentaje de adhesión al tratamiento, disponibilidad pruebas urgentes, Absentismo, nº pruebas globales y no válidas.

RECURSOS TÉCNICOS

El centro dispondrá de un espacio físico específico constituido por una sala de consulta destinada a la atención de pacientes al menos a tiempo parcial.

La sala contará con el material y mobiliario apropiado (mesa de despacho, armarios, sillas, camilla de exploración, negatoscopios, ordenador, tensiómetros, fonendoscopios)

La Sección o Servicio en la que se inscribe esta actividad debe disponer al menos de una sala especifica para preparar los equipos de PR, recibir a los pacientes, hacer la entrega de los mismos y revisar (estudiar) los estudios.

RECURSOS HUMANOS Y TÉCNICOS

Espacio físico
La Unidad dispondrá de un espacio físico específico constituido por salas de consultas, despacho de enfermería, secretaria y sala de espera, que pueden ser compartidos con el resto de Sección o Servicio de Neumología donde se halla inscrita. Sería deseable la existencia de sala de reuniones independiente para actividades docentes. Deberá de disponer de Hospital de Día propio para adaptación de CPAP y otros equipos de ventilación, a cargo de una enfermera especializada y supervisado con un Neumólogo

Material clínico y ofimático. El material será el necesario para llevar a cabo todas las actividades propias de la Unidad. Las salas contarán con el material y mobiliario apropiado (mesa de despacho, armarios, sillas, camilla de exploración,  ordenador, tallímetro, básculas, tensiómetros, fonendoscopios, electrocardiógrafo,  espirómetros).

Laboratorio de Sueño.
Instalaciones:
Para que las habitaciones y la cama sean aceptadas como aptas para polisomnografía se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Sólo será aprobada aquella cama  que esté localizada en una habitación individual y en la cual el polisomnógrafo permita el registro de todas las señales biológicas relevantes.
  2. Las habitaciones deben estar suficientemente equipadas para permitir a los profesionales llevar a cabo el diagnóstico y el tratamiento en el campo de la medicina del sueño y para permitir la realización de los estudios nocturnos.
  3. El tamaño de las habitaciones de registro: la superficie mínima de la habitación se recomienda se de 16,5 m2, con una profundidad mínima de 4 m y una anchura mínima de 3,45 m. En este espacio se consideran los distintos espacios dentro de la habitación correspondientes a la cama, entorno de trabajo alrededor de la misma, armario, acceso al aseo y vestíbulo de entrada. Esa superficie permite, en caso necesario, la asistencia vital ya que incluye un espacio mínimo de 1,2 metros a ambos lados de la cama). Se debe poder atenuar la luz y el sonido (intensidad sonora no superior a los 40 dB) y poder controlar la temperatura y la ventilación de las habitaciones.
  4. La habitación debe disponer de cabecero con los siguientes servicios e instalaciones: tomas eléctricas, control de iluminación, sistema de comunicación con la sala de control o registro, sistema de llamada enfermería, gases medicinales (oxígeno y vacío) panel con tomas informáticas.
  5. Cada habitación de registro debe disponer de una correctas instalaciones sanitarias, a ser posible individuales. Deberá disponer como mínimo de una habitación y un aseo adaptado para usuarios con movilidad reducida.
  6. Deberá estar instalado un sistema de comunicación bidireccional para permitir que el paciente y el técnico se puedan comunicar entre sí y para que pueda efectuarse la correcta calibración de las señales biológicas.
  7. Se debe disponer de una habitación separada para los equipos de monitorización y para el personal técnico y/o de enfermería. Debe ser suficientemente amplia y debe permitir trabajar en unas correctas condiciones, sin molestias. No es aceptable que se realice un registro polisomnográfico al lado de la cama del paciente.
  8. Se requiere disponer al menos de 2 habitaciones equipadas con PSG.

Consultas
Por definición la unidad especializada debe disponer de consulta monográfica de trastornos respiratorios del sueño, consulta monográfica de enfermería para control objetivo del cumplimiento, adherencia a la CPAP, retiradas de tratamiento con CPAP.  y protocolos específicos para pacientes no cumplidores. En caso de Unidad  adscrita a un centro con atención a población pediátrica se valorará consulta monográfica de trastornos respiratorios del sueño pediátrico.

Recursos técnicos
Para acceder a la acreditación se requiere tener la posibilidad de realizar, como mínimo, las siguientes técnicas diagnósticas y terapéuticas:

  • Polisomnografía estándar (Requisitos AASM)
  • Poligrafía Respiratoria (PR) al menos de 4 canales. (Requisitos AASM)
  • Titulación manual PSG de presión positiva con control remoto.
  • Titulación con autoCPAP (con o sin telemedicina)
  • Capnografía transcutánea/determinación de  PaCO2 end-tidal
  • Video  grabación con Infrarrojos
  • Oximetría domiciliária.
  • Actigrafía

Polisomnografía estándar (PSG)
Técnica diagnóstica que comprende el registro simultáneo de señales biológicas neurofisiológicas, respiratorias, cardiacas y otras durante un periodo de sueño nocturno completo. El mínimo montaje de registro que se recomienda para obtener una PSG queda listado en la tabla adjunta. El montaje y características técnicas de la adquisición de las señales se ajustará a las recomendaciones de la AASM del año 2012.

Mínimo montaje para PSG:

3 EEG

2 EOG

1 EMG (mento/submentoniano)

SPaO2

Señal de ronquido

Sensor de posición corporal

Señal de presión/flujo aéreo oro-nasal

Esfuerzo ventilatorio

2 EMG (tibiales anteriores)

Video monitorización infrarrojos

El registro PSG debe ser monitorizado por un técnico entrenado.

Otras pruebas estandarizadas

  • Poligrafía respiratoria (PR): Técnica diagnóstica que comprende el registro simultáneo, normalmente no atendido, de señales respiratorias, cardiacas y otras señales biológicas, pero no electroencefalográficas, durante un periodo de sueño nocturno completo.
  • TLMS: Prueba que comprende el registro simultáneo durante 20 minutos del EEG, EMG y EOG en 4-5 sesiones con 2 horas de intervalo entre ellas. Su objetivo primario es evaluar la facilidad de dormirse en condiciones de reposo.
  • Test del Mantenimiento de la Vigilia (TMV): Prueba que comprende el registro simultáneo del EEG, EMG y EOG en 4-5 sesiones de 40 minutos, con 2 horas de intervalo entre ellas. Su objetivo primario es la evaluación de la capacidad para permanecer despierto en condiciones de reposo o inactividad
  • Otros: Drug-Induced sleep endoscopy (DISE), Monitorización de presión arterial nocturna. Capnografia,  transcutánea/determinación de  PaCO2 end-tidal. Su descripción puede ser hallada en la literatura.

Tratamientos y/o circuitos:
Para garantizar un tratamiento personalizado de la Apnea Obstructiva del Sueño se considera que una unidad de sueño especializada deberá disponer, a parte del circuito de tratamiento con CPAP, de los siguientes circuitos o tratamientos, ya sean propios o coordinados con otros centros del mismo nivel o superior.

  • Circuito de cirugía bariátrica para pacientes IMC > 40 o > 35 con comorbilidad asociada.
  • Circuito de cirugía ortognática: Pacientes classe funcional mandibular II.
  • Cirurgía VAS: Amigdalectomia, cirugía nasal (Adenoidectomia, tabique, cornetes, poliposis…), cirugía  palatofaríngea, cirugía  base de la lengua y epiglotis.
  • Dispositivos de avance mandibular.
  • Terapia posicional
  • TIC: telemonitorización para titulación y seguimiento de casos complejos y difícil manejo

Recursos humanos

La unidad será atendida por un grupo de profesionales sanitarios especializados en trastornos respiratorios del sueño liderados por un coordinador asistencial acreditado por FESMES u otra entidad oficial (ESRS, AASM…). Se valorará la acreditación de otros profesionales de la unidad. El número mínimo de neumólogos a tiempo completo será de uno. Este tendrá dedicación total y será el responsable de la Unidad, el otro 0,5 jornada o de jornadas equivalentes (para lo cual se sumarán las dedicaciones de cada médico adscrito a la unidad), no se cuentan colaboraciones.

Se exige un número mínimo de dos personas como integrantes de la unidad perteneciente a la categoría de personal técnico, auxiliar o de enfermería, capacitados para el manejo en el proceso asistencial y de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos en Medicina del Sueño, con dedicación exclusiva al mismo. Se recomienda una enfermera con dedicación exclusiva al hospital de día o consulta de seguimiento de CPAP. Es recomendable que al menos una enfermera o técnico esté acreditado por FESMES u otra entidad oficial. Se precisará adicionalmente de personal auxiliar administrativo a tiempo completo y/o tiempo parcial (al menos 30% de dedicación).

Se valorará la integración de otros especialistas en la unidad (neurólogo, neurofisiólogo, pediatra, psiquiatra, ORL, Cir Maxilo-facial, odontólogo, cardiólogo, endocrinólogo, nefrólogo).La unidad especializada deberá disponer de un organigrama estable de funcionamiento.

TRABAJO COOPERATIVO

Las Unidades Especializadas deben de estar coordinadas con unidades de nivel superior (Unidad de alta complejidad). Es imprescindible la coordinación con unidades superiores con el fin de asegurar la cobertura asistencial para el caso que precise una tecnología más compleja y favorecer el control de calidad en la prestación sanitaria, por lo que hay que presentar documento de coordinación de dicha unidad. Así mismo las Unidades coordinadas acordarán y unificarán los protocolos y  criterios de derivación. Se considera que como mínimo hay que derivar 5% de los casos a una unidad de complejidad superior. Se recomienda disponer de un protocolo específico con medicina primaria con criterios de derivación, estratificación de pacientes urgentes y no urgentes.

También se valorará la colaboración con asociaciones de pacientes.

Los criterios de Formación continuada, Actividad investigadora, Gestión, calidad y docencia. Son comunes a todas las acreditaciones de unidades asistenciales SEPAR  y se detallan en la tabla de autobaremo.