Unidades de alta complejidad de sueño

UNIDAD ESPECIALIZADA DE ALTA COMPLEJIDAD

ACTIVIDAD ASISTENCIAL

La Unidad deberá tener un organigrama estable de funcionamiento, espacio físico habilitado para la realización de consultas y estudios Polisomnográficos que garanticen el diagnóstico y tratamiento de los trastornos respiratorios del sueño.  Es imprescindible que se garantice en estas unidades la multidisciplinariedad integrando a tiempo parcial o completo especialistas que pueden atender a los trastornos de sueño más comunes. Deben ofrecer asistencia a los casos más complejos y facilitando la consulta y derivación de pacientes de las unidades de menor nivel.

El número de pacientes nuevos (primeras consultas) atendidos en la Unidad es superior a 850 /año, de distintas patologías y especialidades.

Será preciso aportar el número de estudios diagnósticos realizados. Se solicita un mínimo de 850 exploraciones/año entre Poligrafías respiratorias y Polisomnografías, (mínimo 300 poligrafías respiratorias (PR) domiciliarias/año y 300  polisomnografías/año), las características técnicas de los métodos de diagnóstico y tratamiento empleados se describen más adelante.  En los casos en que la Unidad esté adscrita a un centro con atención a población pediátrica se valorará la realización de estudios en población infantil. Como criterio de eficiencia se recomienda que las poligrafías respiratorias hospitalarias no excedan el 25% de las poligrafías respiratorias totales y las regulaciones vigiladas no excedan el 15% de las totales. Para asegurar un mínimo nivel de experiencia se recomienda un mínimo de: 20 Polisomnografías de pacientes con VMNI o servoventilador, un mínimo de 200 regulaciones automáticas de CPAP y un mínimo de 75 polisomnografías de patología no respiratoria.

En los casos en que la Unidad esté adscrita a un centro con atención a población pediátrica se valorará la realización de estudios en población infantil.

La Unidad dispondrá de la posibilidad de atención preferente de pacientes con Alto Riesgo (conductores, etc.) en un plazo no superior a los 15 días. Se recomienda la actividad coordinada con otros servicios.. Se recomienda disponer de un protocolo específico para pacientes no cumplidores o con baja adherencia (consulta enfermería, escuela de CPAP, programas de telemedicina).

A nivel de organización y  planificación, es necesario disponer de una cartera de servicios. Se considerará criterio de excelencia el disponer de un plan funcional y de un cuadro de mando con los indicadores clave de la unidad. Se considera indispensable tener categorizados a los pacientes según sus características clínicas para establecer los itinerarios pertinentes en cada caso. Establecer protocolos de citaciones teniendo en cuenta factores como profesión de riesgo, comorbilidades asociadas, así como criterios de priorización. Se considerará como criterio de excelencia tener modelo de informe periódico de conductores profesionales.

Todas las unidades deberán disponer de un plan de seguridad, identificación de riesgos y plan de contingencia (Equipamiento para emergencias médicas, accesibilidad, averías, fallos informáticos, pandemia). Es imprescindible contar con protocolos de higiene y seguridad de personal y usuarios. Así como cumplir la ley de protección de datos y garantía de los derechos digitales. Es imprescindible disponer de buzón de reclamaciones.

Se deberá disponer de informe de  resultados que incluyan, Satisfacción, nº de quejas/reclamaciones, nº desprogramaciones (consulta y pruebas), pruebas sin cita, demora media 1ª i 2 ª visitas, % de demora de más de un mes, porcentaje de adhesión al tratamiento, disponibilidad pruebas urgentes, Absentismo, nº pruebas globales y no válidas.

RECURSOS HUMANOS Y TÉCNICOS

Espacio físico
La Unidad dispondrá de un espacio físico específico constituido por salas de consultas, despacho de enfermería, secretaria y sala de espera, que pueden ser compartidos con el resto de Sección o Servicio de Neumología donde se halla inscrita. Sería deseable la existencia de sala de reuniones independiente para actividades docentes. Deberá de disponer de Hospital de Día o sala multifuncional propia para adaptación de CPAP y otros equipos de ventilación, a cargo de una enfermera especializada y supervisado con un Neumólogo

Material clínico y ofimático. El material será el necesario para llevar a cabo todas las actividades propias de la Unidad. Las salas contarán con el material y mobiliario apropiado (mesa de despacho, armarios, sillas, camilla de exploración,  ordenador, tallímetro, básculas, tensiómetros, fonendoscopios, electrocardiógrafo,  espirómetros).

Laboratorio de Sueño.
Instalaciones:

Para que las habitaciones y la cama sean aceptadas como aptas para polisomnografía se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Sólo será aprobada aquella cama  que esté localizada en una habitación individual y en la cual el polisomnógrafo permita el registro de todas las señales biológicas relevantes.
  2.  Las habitaciones deben estar suficientemente equipadas para permitir a los profesionales llevar a cabo el diagnóstico y el tratamiento en el campo de la medicina del sueño y para permitir la realización de los estudios nocturnos.
  3. El tamaño de las habitaciones de registro: la superficie mínima de la habitación se recomienda se de 16,5 m2, con una profundidad mínima de 4 m y una anchura mínima de 3,45 m. En este espacio se consideran los distintos espacios dentro de la habitación correspondientes a la cama, entorno de trabajo alrededor de la misma, armario, acceso al aseo y vestíbulo de entrada.. Esa superficie permite, en caso necesario, la asistencia vital ya que incluye un espacio mínimo de 12,2 metros a  ambos lados de la cama.  m2). Se debe poder atenuar la luz y el sonido (intensidad sonora no superior a los 40 dB) y poder controlar la temperatura y la ventilación de las habitaciones.
  4. Cada habitación de registro debe disponer de una correctas instalaciones sanitarias, a ser posible individuales. Deberá disponer como mínimo de un aseo adaptado para usuarios con movilidad reducida.
  5. La habitación debe disponer de cabecero con los siguientes servicios e instalaciones: tomas eléctricas, control de iluminación, sistema de comunicación con la sala de control o registro, sistema de llamada enfermería, gases medicinales (oxígeno y vacío) panel con tomas informáticas.
  6. Deberá estar instalado un sistema de comunicación bidireccional para permitir que el paciente y el técnico se puedan comunicar entre sí y para que pueda efectuarse la correcta calibración de las señales biológicas.
  7. Se debe disponer de una habitación separada para los equipos de monitorización y para el personal técnico y/o de enfermería. Debe ser suficientemente amplia y debe permitir trabajar en unas correctas condiciones, sin molestias. No es aceptable que se realice un registro polisomnográfico al lado de la cama del paciente.
  8. Se requiere disponer al menos de 2 habitaciones equipadas con PSG.

Consultas:
Por definición la unidad especializada de alta complejidad debe disponer de consulta monográfica de trastornos del sueño no respiratorios, consulta monográfica de trastornos respiratorios del sueño, consulta monográfica de enfermería para control objetivo del cumplimiento, adherencia a la CPAP, retiradas de tratamiento con CPAP.  y protocolos específicos para pacientes no cumplidores. En caso de  Unidad  adscrita a un centro con atención a población pediátrica se valorará consulta monográfica de trastornos respiratorios del sueño pediátrico.

Recursos técnicos
Para acceder a la acreditación se requiere tener la posibilidad de realizar, como mínimo, las siguientes técnicas diagnósticas y terapéuticas:

  • Polisomnografía estándar (Requisitos AASM)
  • Poligrafía Respiratoria (PR) al menos de 4 canales. (Requisitos AASM)
  • Titulación manual PSG de presión positiva con control remoto.
  • Titulación con autoCPAP (con o sin telemedicina)
  • Capnografía transcutánea/determinación de  PaCO2 end-tidal
  • Oximetría domiciliária.
  • Actigrafía
  • Video grabación por infrarrojos
  • Test Latencias múltiples/test de mantenimiento de la vigilia.

Polisomnografía estándar (PSG)

Técnica diagnóstica que comprende el registro simultáneo de señales biológicas neurofisiológicas, respiratorias, cardiacas y otras durante un periodo de sueño nocturno completo. El mínimo montaje de registro que se recomienda para obtener una PSG queda listado en la tabla adjunta. El montaje y características técnicas de la adquisición de las señales se ajustarán a las recomendaciones de la AASM del año 2012.

Mínimo montaje para PSG:

3 EEG

2 EOG

1 EMG (mento/submentoniano)

SPaO2

Señal de ronquido

Sensor de posición corporal

Señal de presión/flujo aéreo oro-nasal

Esfuerzo ventilatorio

2 EMG (tibiales anteriores)

Video monitorización infrarrojos

El registro PSG debe ser monitorizado por un técnico entrenado.

Otras pruebas estandarizadas respiratorias.

  • Poligrafía respiratoria (PR): Técnica diagnóstica que comprende el registro simultáneo, normalmente no atendido, de señales respiratorias, cardiacas y otras señales biológicas, pero no electroencefalográficas, durante un periodo de sueño nocturno completo.
  • Otros: Drug-Induced sleep endoscopy (DISE), Monitorización de presión arterial nocturna. Capnografía,  transcutánea/determinación de  PaCO2 end-tidal. Su descripción puede ser hallada en la literatura.

Pruebas estandarizadas no respiratorias:

  • TLMS: Prueba que comprende el registro simultáneo durante 20 minutos del EEG, EMG y EOG en 4-5 sesiones con 2 horas de intervalo entre ellas. Su objetivo primario es evaluar la facilidad de dormirse en condiciones de reposo.
  • Test del Mantenimiento de la Vigilia (TMV): Prueba que comprende el registro simultáneo del EEG, EMG y EOG en 4-5 sesiones de 40 minutos, con 2 horas de intervalo entre ellas. Su objetivo primario es la evaluación de la capacidad para permanecer despierto en condiciones de reposo o inactividad.
  • Otros: Test de inmovilidad sugerida, circuito de determinación de hipocretinas LCR, termometría, Su descripción puede ser hallada en la literatura.

Tratamientos y/o circuitos:
Para garantizar un tratamiento personalizado de la Apnea Obstructiva del Sueño se considera que una unidad de sueño especializada deberá disponer, a parte del circuito de tratamiento con CPAP, de los siguientes circuitos o tratamientos, ya sean propios o coordinados con otros centros del mismo nivel o superior.

  • Circuito de cirugía bariátrica para pacientes IMC > 40 o > 35 con comorbilidad asociada.
  • Circuito de cirugía ortognática: Pacientes classe funcional mandibular II.
  • Cirugía VAS: Amigdalectomía, cirugía nasal (Adenoidectomía, tabique, cornetes, poliposis…), cirugía  palatal, cirugía  base de la lengua y epiglotis.
  • Dispositivos de avance mandibular.
  • Terapia posicional
  • TIC: telemonitorización para titulación y seguimiento de casos complejos y difícil manejo
  • Otros tratamientos no respiratorios: terapia lumínica, Terapia cognitivo conductual.

Recursos humanos
La unidad será atendida por un grupo multidisciplinar de profesionales sanitarios especializados en trastornos del sueño. El personal debe estar liderado o coliderado por un Especialista de Neumología, experto en trastornos del sueño y como criterio obligatorio alguno de sus miembros debe estar acreditado por el FESMES. El número mínimo de neumólogos a tiempo total será de 2.Se valorará la acreditación de otros profesionales de la unidad.

Se exige un número mínimo de dos personas como integrantes de la unidad perteneciente a la categoría de personal técnico, auxiliar o de enfermería, capacitados para el manejo en el proceso asistencial de los procedimientos diagnósticos y terapéuticos en Medicina del Sueño, con dedicación exclusiva al mismo. En una unidad de alta complejidad se recomienda como mínimo un personal categoría técnico o enfermera acreditado por FESMES. La presente normativa considera que es preciso evolucionar hacia una especialización de este personal y propone en su baremo la valoración de méritos en su formación específica. Se recomienda una enfermera con dedicación exclusiva al Hospital de día y/o consulta de seguimiento con CPAP.

Personal auxiliar administrativo a tiempo completo (4 o más camas de PSG) y/o tiempo parcial (al menos 50% de dedicación para 2 PSG).

Se valorará la integración de otros especialistas en la unidad (neurólogo, neurofisiólogo, pediatra, psiquiatra, ORL, Cir Maxilo-facial, odontólogo, cardiólogo, endocrinólogo, nefrólogo), se considera un mínimo de 4. Siendo recomendable que uno de ellos sea un neurólogo y neurofisiólogo. Se recomienda un organigrama estable de funcionamiento.

Los criterios de Formación continuada, Actividad investigadora, Gestión, calidad y docencia. Son comunes a todas las acreditaciones de unidades asistenciales SEPAR  y se detallan en la tabla de autobaremo.

TRABAJO COOPERATIVO

Las Unidades de sueño de alta complejidad deben de estar coordinadas con unidades de nivel inferior (Unidades básicas y Unidades especializadas). Es imprescindible la coordinación con el fin de asegurar la cobertura asistencial en el caso de unidades con niveles inferiores  para el caso que precisen una tecnología más compleja y favorecer el control de calidad en la prestación sanitaria. Es responsabilidad de la Unidad de Sueño de Alta Complejidad, tutorizar, supervisar, y controlar la calidad de las Unidades con ella coordinadas, revisando periódicamente protocolos, criterios de derivación y el adecuado análisis de los estudios. Así mismo las Unidades coordinadas acordarán y unificarán los protocolos y  criterios de derivación. Se recomienda disponer de un protocolo específico con medicina primaria con criterios de derivación, estratificación de pacientes urgentes y no urgentes.

También se valorará la colaboración con asociaciones de pacientes.