AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN
DEFINICIÓN
Las Ayudas a la Investigación SEPAR se destinarán a un proyecto de investigación presentado por un socio de SEPAR sobre cualquier aspecto relevante (básico, clínico, epidemiológico, etc.) relacionado con la salud pulmonar y las enfermedades respiratorias/torácicas.
REQUISITOS Y PUNTUALIZACIONES
En las solicitudes de ayudas han de participar al menos un 50% de investigadores que sean socios de SEPAR, incluidos el IP del proyecto, con un mínimo de 2 años de antigüedad en la Sociedad y comprometidos a mantenerse como socios hasta la finalización del proyecto. En caso de que se produzca una variación de estos criterios durante la realización del proyecto, deberá comunicarse al Comité Científico y de Investigación. Los proyectos provenientes de los PIIs se identificarán como tales y competirán entre ellos.
Los proyectos que concurran en este apartado han de venir firmados por el director del PII correspondiente en el momento de la convocatoria. Si no fuera así, pasará a competir en la categoría general.
Una subvención no podrá ser concedida si uno de sus investigadores (IP o IC) forman parte como investigadores (IP o IC) de un proyecto (multicéntrico o no) cuya memoria de resultados no haya sido entregada en el tiempo establecido para ello. De forma excepcional, a solicitud justificada del investigador principal, se considerará por el Comité Científico y de Investigación la posibilidad de otorgar una prórroga en la entrega de la memoria por un período limitado de tiempo que oscilará entre 6 y 12 meses, de forma improrrogable. Además, el proyecto no se dará por finalizado hasta que los resultados del estudio hayan sido publicados o al menos comunicados en el Congreso de la SEPAR. Para otras consideraciones ver el listado de incompatibilidades.
El número de investigadores y su dedicación deberá ser el suficiente para garantizar la viabilidad completa del proyecto.
Se valorará positivamente: grupos no becados con anterioridad, la naturaleza multicéntrica con grupos no becados con anterioridad, y/o naturaleza multidisciplinar del proyecto. El investigador principal se comprometerá, mediante la firma de la solicitud, a cumplir estrictamente la normativa de becas y ayudas vigente y a efectuar el proyecto en las condiciones y plazos previstos.
El importe de la ayuda podrá ser destinado a los siguientes conceptos:
- Contratación de personal. El investigador principal decidirá la/s persona/s a contratar, su retribución y el método de contratación
- Material inventariable, se ofrecerá su cesión de uso al Centro en el que se desarrolle el proyecto
- Material fungible
- Gastos para la utilización de equipos o servicios
- Reproducción o edición de trabajos y material bibliográfico
- Gastos de viajes y estancias, relacionados con la investigación realizada.
Además, se adjunta una guía de compras y gastos. Cualquier desviación de estas directrices podría implicar la revocación de los fondos asignados y la adopción de medidas correctivas.
INCOMPATIBILIDADES
Las incompatibilidades se refieren a proyectos que estén en fase de realización y que, por tanto, no hayan concluido. Un proyecto ha concluido cuando se ha entregado su memoria de resultados y ésta ha sido aprobada por el Comité Científico y de Investigación. Se recomienda encarecidamente consultar en la web de SEPAR el listado de proyectos en marcha y los investigadores que participan en cada uno de ellos
1. No podrán presentarse como investigadores principales (IP) en la convocatoria actualaquellos socios de SEPAR que contabilicen:
- 2 proyectos no finalizados de convocatorias anteriores como IP
- 1 proyecto no finalizado como IP + 2 proyectos no finalizados como investigador colaborador (IC).
2. Los investigadores colaboradores podrán participar hasta en un máximo de 3 proyectos no finalizados, siempre y cuando no figuren como IP en alguno de ellos.
3. No se contabilizará como participación en Ayudas a la Investigación SEPAR la que resulta de la colaboración del investigador en un proyecto financiado en el apartado “Becarios SEPAR”. Para una comprensión más gráfica, incluimos la siguiente Tabla de incompatibilidades:
Para una comprensión más gráfica, incluimos la siguiente Tabla de incompatibilidades
Si en la convocatoria 2025 va a presentar un proyecto: | Y tiene proyectos no finalizados en el momento de participar |
¿Puede participar en la convocatoria 2025? | |
Como IP | Como IC | ||
COMO IP | 2 |
| NO |
1 | 2 | NO | |
COMO IC |
| 3 | NO |
Se desestimarán aquellos proyectos en los cuales alguno de los investigadores incurra en cualquiera de las incompatibilidades mencionadas.
NORMAS PARA LA SOLICITUD
Para la tramitación de la solicitud es necesario rellenar todos los apartados que aparecen en las pestañas de la plataforma.
1. Formulario de solicitud. Consta de los siguientes apartados:
- Solicitud
- Resumen de la memoria
- Equipo investigador
- Memoria científica
- Memoria económica
- Autorización del Comité de Ética e Investigación Clínica (CEIC) del centro, que deberá subirse en el apartado correspondiente de la aplicación.
2. Novedad: El CV generado por la plataforma FECYT se presentará en formato CVA-ISCIII. Para una correcta valoración de los méritos del apartado de publicaciones, en el CV debe indicarse claramente el factor de impacto de cada publicación y el cuartil al que pertenece.
3. Otras indicaciones:
No exceda el límite asignado para el texto en cada documento.
No utilice un tamaño de fuente inferior a 10 (recomendable 11/12)
No utilice un espaciado interlineal inferior a 1.5 (recomendable 2).
Una vez cumplimentados, y antes de cargarlos en la aplicación, los documentos deberán firmarse en las páginas correspondientes a los apartados que se señalan a continuación:
-Solicitud, firmada por el investigador principal y el responsable de la Unidad de Investigación o Servicio (y por el Director del PII, si se solicita la participación en esta modalidad).
-Equipo investigador, firmado por cada uno de los miembros del mismo.
De faltar documentos o estar incompleta la documentación requerida en las bases de la convocatoria el proyecto no pasará a revisión.
PROCEDIMIENTOS DEL PAGO DE LOS PROYECTOS
Para los proyectos de investigación SEPAR, el IP dispondrá del total de la financiación concedida en la Fundación RESPIRA. La ejecución de cualquier gasto deberá ser justificada mediante la factura correspondiente, que tendrá que resultar concordante con la ayuda solicitada.
Los fondos adjudicados a través de esta convocatoria de becas deberán ser gestionados exclusivamente por la Fundación Respira, y no podrán ser transferidos ni utilizados a través de otra entidad. Esta disposición tiene como objetivo garantizar el uso adecuado de los recursos financieros conforme a la normativa establecida por la entidad convocante, así como asegurar la correcta ejecución y justificación del proyecto financiado.
Para cubrir los gastos administrativos de gestión de la propia beca la Fundación Respira retendrá, en todos los casos, el 7% de la cuantía total de la misma.
El importe total de la beca deberá ser utilizado en un plazo inferior a 5 años, contados a partir de la fecha de aceptación de la beca por el IP. A partir de ese momento, el importe que no se haya utilizado pasará a los fondos de Fundación Respira para ser reinvertido en posteriores convocatorias de becas.
OBLIGACIONES QUE EL INVESTIGADOR CONTRAE CON SEPAR AL RECIBIR SUBVENCIÓN POR SU PROYECTO
Deberá presentar una memoria de resultados del proyecto mediante el formulario queconsta en la web de SEPAR, en la fecha estimada de finalización del mismo (a contar desde la fecha de aceptación de la beca). La posibilidad de otorgar una prórroga en la entrega de la memoria es por un período limitado de tiempo que oscilará entre 6 y 12 meses de forma improrrogable.
Para solicitar una prórroga o modificación en los conceptos en la partida de gastos, debe enviarse un escrito al Comité Científico, justificando los motivos por los cuales no se ha podido llevar a término el proyecto en el tiempo previsto y proponiendo el plazo de 6 o 12 meses para la presentación de la memoria. Tras evaluación de los motivos, el CCI emitirá la correspondiente valoración que será comunicada al IP del proyecto.
La memoria de resultados presentada por el IP puede ser publicada en la web de la Sociedad con acceso exclusivo a los socios. En todas las publicaciones en revistas y en las comunicaciones a congresos que se deriven del proyecto financiado deberá constar, obligatoriamente, el patrocinio de SEPAR.
SANCIONES DERIVADAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
Si en la fecha de terminación del proyecto no se recibe la memoria de resultados en la Secretaría de SEPAR, el Comité Científico y de Investigación enviará una carta al investigador principal solicitándole dicha memoria.
En el caso de que en el plazo de 3 meses no se haya recibido esa memoria, se le enviará otra carta de recordatorio. Si pasados otros 3 meses de esta segunda solicitud siguiera sin obtenerse respuesta, el investigador principal deberá devolver el importe total de la beca y será sancionado con la inhabilitación para participar en la convocatoria de nuevas becas SEPAR durante un periodo de 3 años. En el caso de que no se devolvieran los fondos entregados la inhabilitación será a perpetuidad.
Además, se aplicarán las siguientes penalizaciones si existen otras incidencias en el seguimiento de los proyectos:
1. Tres años sin poder presentar proyectos a las convocatorias de becas cuando:
- No se haya hecho constar el patrocinio de SEPAR en las publicaciones generadas por el proyecto financiado.
2. Devolución del dinero de la beca cuando:
- Las memorias no existan o no se correspondan con el proyecto becado